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Que, conforme a la Ley Nº 27693 y sus normas modificatorias, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), incorporada por Ley N° 29038 a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), se encarga de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, a cuyo efecto se estableció la relación de sujetos obligados a informarle sobre operaciones que resulten sospechosas, en la cual se encuentran las personas naturales y jurídicas dedicadas a la compra y venta de divisas, así como a préstamos y empeño;